Claves legales para entender la tecnología «Blockchain»

blockchain es un libro de contabilidad inmodificable y compartido que facilita el proceso de registro de transacciones y seguimiento de activos en una red empresarial. Un activo puede ser tangible (una casa, un coche, dinero en efectivo, tierra) o intangible (propiedad intelectual, patentes, derechos de autor, marca). Prácticamente cualquier cosa de valor puede ser rastreada y comercializada en una red blockchain, de modo que se reducen el riesgo y los costes para todos los involucrados.

Las empresas funcionan con información. Cuanto más rápido se reciba y más precisa sea, mejor. Blockchain es ideal para ofrecer esa información porque proporciona información inmediata, compartida y completamente transparente almacenada en un libro mayor inmodificable al que solo pueden acceder los miembros de la red con permisos. Una red blockchain puede rastrear pedidos, pagos, cuentas, producción y mucho más. Como los miembros comparten una sola visión de la verdad, puede ver todos los detalles de una transacción de extremo a extremo, lo que aporta una mayor confianza, así como nuevas oportunidades y eficiencia.

Tres elementos influyeron en la aparición y auge de ‘blockchain’. El primero es la pérdida de confianza, ya que cualquier intermediario entre dos personas se da debido a la falta de confianza entre las partes involucradas, quienes necesitan de un tercero para realizar cualquier transacción o transferencia de valor. En efecto, Satoshi Nakamoto habla sobre este aspecto, en la Carta Blanca de Bitcoin que daría inicio al uso de las criptomonedas: el primer caso -y más conocido hasta ahora- de uso de la tecnología ‘blockchain’.

En segundo lugar, el nacimiento impulsado por los ‘cyberpunks’ también fue un hecho relevante para el nacimiento de ‘blockchain’. Debido a la falta de privacidad y a las comunicaciones poco seguras, además de la liberación del cifrado asimétrico gracias al primer ‘software’ de encriptación ampliamente utilizado, se creó el movimiento que defiende la libertad de expresión y la resistencia ante la pérdida de la privacidad del usuario en la era digital.

Por último, considerado como el elemento clave de la tecnología ‘blockchain’, la criptografía ayuda a que la información compartida, en la mencionada cadena de bloques, aparezca en formato encriptado por grandes redes de computadoras, para protegerlo de forma más efectiva.

Cabe destacar que blockchain no únicamente se refiere a las criptomonedas, ya que existen otra clase de activos digitales como representaciones virtuales de terrenos, dinero fiat o algún instrumento financiero, por mencionar algunos. También se puede utilizar para crear otros tipos de representación de valor. Es lo que se conocen como Tokens, que son básicamente los que se pueden usar dentro de un ecosistema para participar en un servicio o utilidad. A medida que estos cobren mayor relevancia, las compañías deberán integrar el blockchain a fin de garantizar la seguridad y confidencialidad de su información.

Finalmente, en el Perú no existe un marco jurídico específico que regule la tecnología blockchain. Las iniciativas y proyectos blockchain no esperan a nuevas regulaciones, simplemente avanzan y, por tanto, debemos aplicar nuestro ordenamiento jurídico actual a las materializaciones de esta tecnología. Este es uno de los desafíos más importantes porque no solo nos enfrentamos a la complejidad de los elementos tecnológicos de la blockchain, sino a la velocidad con la que surgen nuevos proyectos completamente innovadores, poniendo en tela de juicio instituciones jurídicas que llevamos años construyendo. Sin embargo, como abogados, debemos entender que este no es un fenómeno nuevo: El Derecho está diseñado para aplicarse a situaciones imprevisibles que no han ocurrido pero que ocurrirán. En ese sentido, es nuestro deber aprender a interpretar la norma, aplicarla a los fenómenos tecnológicos para luego desarrollar marcos normativos que promuevan e incentiven aquellas conductas que saquen el mejor provecho de esta tecnología y beneficie en última instancia a la sociedad.

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