La Fusión de Empresas no solo transforma su Status Jurídico sino también el Económico.

La unión de empresas como fenómeno económico y jurídico ha sido objeto de estudios de diferente naturaleza, y en ese sentido, bajo el aspecto económico, han trato de demostrar lo necesario que es para algunas empresas la unión conjunta de capitales y esfuerzos para lograr un producto competitivo que satisfaga las expectativas de un mercado cada vez más exigente; y bajo el aspecto jurídico, la necesidad de contar con un marco jurídico adecuado que regule convenientemente las diversas figuras originarias por estas uniones, algunas de las cuales han sido reguladas independientemente de las consecuencias que pudiesen sobrevenir en el marco de las concentraciones o uniones de empresa.

Siendo aso, tenemos que una Fusión es una operación de concentración empresarial que demanda el seguimiento de un procedimiento, esto es, de una secuencia ordenada de actos sucesivos dirigidos al pronunciamiento de los socios sobre la operación, en términos bastante simples, la fusión se caracteriza por implicar la unificación económica y jurídica de dos o mas sociedades.

La Fusión concreta sus efectos jurídicos sobre el status iuris de las sociedades participantes y el de sus socios. como consecuencia de su participación, las sociedades intervinientes sufren importantes modificaciones que afectan, además de su situación económica, su situación jurídica como sujeto de derecho dotados de personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente.

La Fusión acarrea la transferencia a título universal y en bloque de los patrimonios de las sociedades participantes a una de ellas o a una nueva sociedad y la consecuente extinción de las sociedades aportantes, sin disolverse ni liquidarse. La integración de los patrimonios de distintas sociedades en una única sociedad suscita a su turno que la participación originaria de los socios de las sociedades intervinientes resulte diluida en la sociedad resultante.

Ahora bien, en relación con las demás formas de concentración de empresas, la fusión presenta las siguientes tres notas fundamentales:

  • La transferencia en bloque y a título universal de los patrimonios de las sociedades que se extinguen.

  • La extinción de la personalidad jurídica de las sociedades aportantes.

  • La integración de los socios de las sociedades extinguidas en la sociedad resultante de la fusión, según el caso.

La Fusión, en efecto, implica la extinción de una o mas sociedades para constituir una nueva o para incrementar en su caso el patrimonio de una sociedad ya existente, merced de la transferencia en bloque de los patrimonios de las sociedades que se extinguen. Como resultado de la fusión, sociedades que antes eran económica y legalmente independientes pierden esa independencia para formar parte de una misma organización y de una misma unidad económica, patrimonial y jurídica. De ahí que, como bien se ha dicho, con la fusión se va mas allá del ámbito de la empresa (concepto económico) para pasar al ámbito de la sociedad (concepto jurídico).

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